Organización del Derecho Aéreo
abril 2, 2013 Deja un comentario
Aunque el transporte de pasajeros y mercancías es hoy una práctica tan habitual que no es posible imaginar nuestras sociedades sin esta actividad, lo cierto es que es de muy reciente aparición en comparación con las otras formas de transporte colectivo. Por eso, no es extraño que al recordar los primeros tiempos, no existiese un Derecho Aéreo como tal y lo que se utilizase para regular este tipo de actividades fueren las normas que existían para el Derecho Marítimo y Fluvial.
Fue, sobre todo, tras las dos guerras mundiales cuando la aviación empezó a protagonizar un papel tan relevante que se hizo imprescindible que surgiera un Derecho Aéreo específico diferente del Marítimo. El derecho aéreo consiste en una serie de normas para organizar y articular el medio aéreo, sus formas de utilización. Esta regulación debe incluir tanto una reglamentación sobre su circulación, como de las relaciones que se establecen entre la aeronaves y su uso, de forma similar a lo que sucede con el Derecho Marítimo.
Existen dos tipos de Derecho Aéreo, el internacional y el Derecho Aéreo con las normativas propias de cada país. Este último tiene carácter unilateral, solo está vigente dentro del estado que lo ha aprobado, mientras el Derecho Aéreo Internacional surge de acuerdo bilaterales o multilaterales y es válido en todos los territorios que lo han aceptado voluntariamente. En este sentido, también se ha utilizado la fórmula que durante años ha dado buenos resultados en el Derecho Marítimo, para regular una actividad en la que entren en juego tantos y tan distintos intereses.