Seguros Valencia

Los contratos de seguro son aquellos acuerdos por los que las partes, es decir el asegurador, está obligado a pagar o indemnizar con una cantidad de dinero a otra parte, el tomador, a cambio del pago de una prima por parte de este.

El tomador del seguro está obligado a efectuar un pago por esa prima a cambio de la cobertura que será otorgada por el asegurador.

Un contrato de seguro es algo consensual y comienza en el momento en el que se haya celebrado esa convención, es decir, incluso antes de emitirse la póliza o el documento que refleja esos datos y las condiciones del contrato del seguro.

El asegurador se compromete a indemnizar total o parcialmente las pérdidas que el tomador pueda tener. De esta forma se obtiene una protección económica de personas o de bienes, dependiendo del tipo de contrato que se firme.

El Derecho de seguros pertenece a la rama del derecho privado, empresarial, mercantil y corporativo e incluye también la regulación de los reaseguros.

El objetivo de un seguro es dar seguridad contra el riesgo. Consiste en obtener una compensación económica cuando se produce un evento que perjudique al tomador (fuego, enfermedad, muerte, etc.).

Sin riesgo no puede existir seguro ya que al no haber posibilidad de un evento dañoso, no habrá la posibilidad de cobrar ninguna indemnización.

El riesgo no puede ser algo abstracto, sino que debe estar individualizado y especificado en el contrato, ya que no todo es asegurable.

Dentro de una relación contractual los sujetos que encontramos son aseguradores, tomadores, asegurados y beneficiarios.

Seguros Valencia cuenta con un gran número de profesionales y de empresas relacionadas con el sector en donde el cliente podrá resolver sus dudas y firmar contratos tanto para el hogar como para su negocio, entre otros.

Ser abogado ya no será tan fácil

Con los recortes del gobierno, ser abogado ya no va a ser algo tan fácil como lo era hasta ahora.

Si se aprueba el anteproyecto de ley que el Gobierno ha enviado a las Cortes, llegar a ser abogado será mucho más complicado, ya que se incluirá la obligatoriedad de tener una formación especializada para ejercer la abogacía.

Con esta nueva ley, la situación de los profesionales será igual que la del resto de abogados de otros países de la Unión Europea, dónde además de la carrera universitaria han de estar especializados.

 

Con esta nueva medida se pretende reducir el número de abogados que ejercen, ya que en los últimos años ha crecido por encima de las necesidades de la sociedad.

Esta renovación del sistema supone que a partir de ahora, todos aquellos que quieran ejercer deberán estudiar en las llamadas Escuelas de Práctica Jurídica y después realizar prácticas externas en despachos de abogados o tribunales. De esta forma, los futuros profesionales tendrán una experiencia mayor y además, se garantizará que no ejercen la profesión de abogados como último recurso.

Derecho fiscal

El derecho fiscal, también conocido como derecho tributario se encuentra clasificado dentro del derecho financiero.

A través de las normas jurídicas del derecho fiscal, el Estado ejerce su poder tributario, es decir, obtener de los particulares los ingresos necesarios para sufragar el gasto público en las áreas de bien común.

Los tributos son generalmente prestaciones monetarias y se dividen en diferentes niveles:

Por una parte, encontramos el sujeto activo, es decir, alquel ente que tiene facultades tributarias y que exige tributos por ejercer poderes soberanos que han sido cedidos a través de un pacto social.

El sujeto pasivo, sin embargo, es aquel contribuyente que puede ser tanto persona física como jurídica.

Los impuestos son los tributos exigidos por el Estado sin que exista contraprestación inmediata por su pago.

Existe una clasificación de los impuestos que atiende a diferentes razones:

  • Por su origen
    • Internos: Recaudados dentro de la nación
    • Externos: Recaudados por el ingreso al país de servicios y bienes, a través de las aduanas
  • En razón del objeto
    • Directos: Afectan principalmente a los ingresos y propiedades
    • Indirectos: Afectan a personas distintas al contribuyente. Se carga a quien adquiere o recibe el bien.
  • En razón del sujeto
    • Impuestos reales y objetivos: Gravan a las personas independientemente de sus características personales
    • Impuestos personales o subjetivos: Tiene en consideración la capacidad contributiva de cada persona
  • En razón de la actividad gravada
    • Impuestos generales: Actividades comprendidas dentro de las normas (IVA, impuesto al consumo, etc.)
    • Impuestos especiales: Determinadas actividades económicas
  • En función de su plazo
    • Impuestos transitorios: Tienen un fin determinado por el Estado. Cuando se cumple, el impuesto se acaba.
    • Impuestos permanentes: No tienen período de vigencia.
  • En razón de la carga económica
    • Impuestos regresivos: No tiene en cuenta la riqueza que la persona posee (Suelen ser impuestos indirectos)
    • Impuestos progresivos: Dependen de la capacidad económica de cada uno (suelen ser directos)